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Homicidio en Person Protegida en Roberto Payan-Nariño

29.03.13

El CPDH-Nariño

Denuncia ante la comunidad nacional e internacional la presunta TORTURA Y
EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL de la que fueron víctimas los
señores GUMERCINDO GUERRERO PRECIADO Y JOHN FREDDY GARCÍA BASTIDAS el pasado 4 de marzo en la vereda Paraíso, municipio de Roberto Payán por parte de la brigada del Ejército Nacional que opera en la costa pacífica del departamento de Nariño.

HECHOS:

1. Aproximadamente a las 12 del día 4 de marzo de 2013 posterior al
combate sostenido entre tropas del Ejército Nacional y miembros del grupo
subversivo de las FARC – EP, fueron retenidos los Señores GUMERCINDO
GUERRERO PRECIADO Y JOHN FREDDY GARCÍA BASTIDAS quienes luego fueron
trasladados a la capitanía del puerto de Tumaco lugar al cual ingresaron con vida.

2. El día 5 de marzo de 2013 sus familiares conjuntamente con un abogado
acudieron a la Capitanía del puerto de Tumaco y lograron información
tendiente a que los retenidos se les realizaban prácticas de tortura con el
objeto de obtener información.

3. El 7 de marzo de 2013 los cuerpos sin vida de los Señores GUMERCINDO
GUERRERO PRECIADO Y JOHN FREDDY GARCÍA BASTIDAS fueron entregados a sus familiares en el Hospital de Tumaco con evidentes signos de tortura y
quemaduras con ácido en su rostro.

Se puede observar que esta práctica de ser cierta, desconoce la
normatividad colombiana, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos, toda vez que de acuerdo al Código
Penal Artículos. 135, 137 y 178 esas conductas corresponden a los delitos
de Homicidio en Persona Protegida, Tortura en Persona Protegida y Tortura;
en términos del Derecho Internacional Humanitario que protege a las
personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades y
restringe los medios y métodos de combate, este homicidio se reconoce como
Ejecución Extrajudicial o sumaria, pues de haber sido detenidos,
correspondía a los militares Respetarles la vida y la dignidad humana, sus
derechos, ponerlos en manos de la autoridad competente para adelantar el
debido proceso y no someterlos a vejámenes y actos de barbarie proscritos
por nuestra Constitución Política y la normatividad internacional.

Por los hechos denunciados:

RESPONSABILIZAMOS: Al Estado Colombiano, al Ministerio de Defensa al
Ejército Nacional de Colombia representado en el Batallón de Infantería de
Marina que opera en la costa pacífica nariñense, vereda paraíso, municipio
de Roberto Payán y a la Capitanía del Puerto de Tumaco donde unidades del
ejército cometen los crímenes mencionados.

*EXIGIMOS: *Al Ejército Colombiano, la Infantería de Marina y sus miembros
que operan en el pacífico nariñense, responsables de la comisión de estos
crímenes individualizar, investigar y sancionar disciplinariamente a los
responsables al tiempo que remitir el diligenciamiento a la Justicia Penal
Ordinaria, toda vez que es claro que estos delitos son considerados como de
Lesa Humanidad y no pueden ser amparados por El Fuero Penal Militar.

A la Fiscalía General de la Nación adelantar la investigación exhaustiva
que permita esclarecer la verdad de los hechos y se aplique con rigor la
justicia.

A la Procuraduría General de la Nación hacer el seguimiento a las
investigaciones tanto disciplinarias como penales que el caso amerita.

INSTAMOS: A la Comunidad Internacional, a las Organizaciones Sociales y
Defensoras de Derechos Humanos acompañar y estar atentos al desarrollo de
la investigación.

Comité Permanente Por la Defensa de los Derechos Humanos – Nariño

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