
IPO es una organización de acompañamiento internacional e información en Colombia, en solidaridad con organizaciones en resistencia no violenta.
11.04.13: OACNUDH, ACNUR y PNUD condenan el asesinato del lider de tierras y victimas Ever Cordero Oviedo
20.02.13: Continúa la persecución contra el movimiento campesino en el norte y Bajo Cauca antioqueño
17.01.13: La situacion de riesgo de Harry Caicedo Perlaza, defensor de DDHH y director del CPDH
16.10.12: Denuncia pública: detenciones arbitrarias y abuso de autoridad en Nariño
4.10.12: Amenazas en contra de organizaciones y personas defensoras de derechos humanos (Barranquilla)
2.10.12: Hackean el correo electrónico del CPDH Caldas
28.07.13: Cierre de actividades de International Peace Observatory
30.05.13: Con irregularidades jurídicas y terror militar se pretende desplazar a la comunidad de Pitalito
21.05.13: El MOVICE apoya el retorno de la comunidad desplazada de Pitalito (Cesar)
Reciba el informe quincenal de IPO, con un resumen de las últimas actualizaciones, y otras informaciones coyunturales.
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4.02.11
Red de derechos humanos del suroccidente colombiano Francisco Isaías Cifuentes
DENUNCIA PÚBLICA
Sur occidente de Colombia, 20 de Diciembre de 2011
La estrategia político jurídica de señalamiento y criminalización de la protesta social del Estado Colombiano Continua.
La Red de Derechos Humanos del Sur occidente Colombiano “Francisco Isaías Cifuentes”, COMUNICA la detención de JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ integrante del Movimiento de los sin tierra nietos de “Manual Quintín Lame”, y solicita a la Comunidad Nacional e Internacional emitir sus pronunciamientos de rechazo a esta grave criminalización de la protesta social.
Hechos
Sobre una de las vías veredales del Municipio de Silvia, el día 19 de enero de 2011, en momentos en que salía de un ritual indígena, el líder indígena JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, es detenido por integrantes de la Comando de Policía Cauca.
Consideraciones
1.Presuntamente la detención se da en el marco de una orden de captura emitida por el Juzgado promiscuo Municipal de Buenos Aires, en un proceso irregular en donde en primera instancia se condenó a JOSE DOMINGO a 10 años de prisión y en segunda instancia el Tribunal Superior de Popayán, reduce la pena, condenando a JOSE DOMINGO por el delito de invasión de tierras a 32 meses de prisión.
2.No obstante de las pruebas y argumentaciones presentadas por la defensa, los jueces de primera y segunda instancia se negaron a conceder la merecida libertad en razón a una decisión política para castigar la decisión de unos ciudadanos por luchar por la tierra y el territorio; y no por que existan pruebas reales que demuestren los delitos que se les imputan o que no cumplan con los requisitos para ser merecedores de los beneficios de ley.
3.En el mismo proceso se encuentran los ciudadanos OMAR COLLAZOS DÍAZ, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNÍ PILCUE, OLMES WILSON VALENCIA , WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO y LUÍS CARLOS GUETIO MUSE, todos integrantes Movimiento de los sin tierra nietos de “Manual Quintín Lame”, los cuales han sido detenidos, acusados tendenciosamente y algunos de ellos aún están retenidos injustamente en las cárceles colombianas, bajo imputaciones de invasión de tierras, hurto y daño en bien ajeno, a raíz de la ocupación pacífica de la finca Cimarrón, ubicada en la vereda Agua Blanca del Municipio de Santander de Quilichao, en el Departamento del Cauca.
Condenamos enérgicamente estos hechos y hacemos un llamado a la opinión pública nacional e internacional a adelantar acciones dirigidas a exigir el respeto de los derechos fundamentales de JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ y los demás dirigentes sindicales e integrantes de organizaciones populares en Colombia.
DENUNCIA PÚBLICA
En desarrollo de acciones militares arbitrarias, integrantes del Ejército y la Fuerza Aérea del Estado Colombiano a través de aspersiones aéreas con tóxicos (glifosato), afectan la salud de seres humanos y animales domésticos, la biodiversidad natural (reservas naturales y las fuentes de agua) y la cultivada (cultivos de pan coger), quedando los pobladores de la zona en la miseria y siendo afectada y gravemente amenazada la salud y sistemas naturales de enorme importancia y fragilidad.
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
HECHOS
Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Cordillera Occidental, Municipio de Sucre
Domingo 19 de diciembre de 2010
Municipio de Sucre, veredas Tequendama, Peña Blanca Los Alpes, Santa Inés, Los Colorados, Llano Verde, Bautista y El Crucero, entre las 10:00 y las 11:00 de la Mañana, el Estado Colombiano apoyado en sus fuerzas militares y de policía, a bordo de dos avionetas y dos helicópteros, realizo aspersiones (fumigaciones) aéreas indiscriminadas con tóxicos (glifosato), que afectaron la salud de seres humanos y animales domésticos, cultivos de pan coger, bosques nativos y fuentes de agua, en una zona habitada por familias campesinas, entre los que se destacan:
VEREDA TEQUENDAMA:
Cabeza de núcleo familiar: FEDERICO RUIZ CHILITO.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 3 (entre ellos 2 ancianos).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Café 7200 árboles, Plátano 500 plantas, Caña ½ plaza.
Fuentes de agua afectados por aspersión: Nacedero de aguas del que se abastece su familia
Cabeza de núcleo familiar: OSDDY IJALI LOPEZ.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 6 (entre ellos 4 menores de 2, 5, 6 y 10 años de edad y 2 ancianos delicados de salud)
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Frutales (naranja, mangos), Plátano, yuca, zapallo, arracacha, tomate, maíz y caña.
Animales domésticos afectados por la aspersión: 4 Conejos, 10 Gallinas.
Fuentes de agua afectados por aspersión: Nacimiento que abastece varias familias y la Quebrada peña blanca
Cabeza de núcleo familiar: OMAR HOYOS.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 6 (entre los que se encontraban 3 menores de 6, 13 y 14 años de edad).
Seres humanos afectados por la aspersión: Luego de la aspersión se presentaron Brotes en la piel, con mareos y sangrados Nasales en 2 menores de edad.
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Yuca, garbanzo, arracacha, plátano y caña.
Animales domésticos afectados por la aspersión: 3 Conejos muertos, 1 caballo enfermo.
Fuentes de agua afectados por aspersión: Nacimiento de agua.
Cabeza de núcleo familiar: TELMO HOYOS.
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Café, caña, plátano y yuca
Cabeza de núcleo familiar: OLIVER HOYOS VENAVIDES.
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Jardines ornamentales, Café, plátano y yuca
Cabeza de núcleo familiar: FEDERICO CHITO (61 años).
Número de Personas expuestas a la aspersión: 3 (todos mayores de 60 años).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Plátano, yuca, café, árboles frutales, y sombríos, caña.
Fuentes de agua afectados por aspersión: 2 nacimientos de agua
VEREDA LOS ALPES
Cabeza de núcleo familiar: SALVADOR PIPICANO.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 8 (entre ellos una anciana).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Frijol 1/2 plaza, Maíz 100 plantas, Yuca 500 plantas, Plátano 300 plantas, Café 2000 plantas y Pasto para ganado.
Animales domésticos afectados por la aspersión: 8 gallinas muertas, 2 perros enfermos y 2 reses muertas.
Fuentes de agua afectados por aspersión: Nacedero de aguas del que se abastece su familia
VEREDA SANTA INÉS
Cabeza de núcleo familiar: NICANOR ILES.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 5 (entre ellos un anciano).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Plátano, yuca y café (2 hectáreas).
Fuentes de agua afectados por aspersión: 6 nacimientos de agua.
Cabeza de núcleo familiar: JORGE ELIECER BURBANO.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 5 (entre ellos dos ancianos).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Café 600 árboles, Yuca, plátano, maíz, árboles sombríos
Cabeza de núcleo familiar: MOISES HOYOS RODRIGO.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 8 personas (entre ellos 4 menores de edad).
Seres humanos afectados por la aspersión: Luego de la aspersión se presentaron Brotes en la piel, con mareos y sangrados de una mujer en estado de embarazo.
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Plátano, yuca, café 2700 plantas,
Caña 2000 plantas Potreros y pastos.
VEREDA COLORADOS
Cabeza de núcleo familiar: REINERIO CHITO MUÑOZ.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 5 (1 persona discapacitada).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Maíz, Yuca, Plátano y Café ¼ hectárea.
Animales domésticos afectados por la aspersión: 5 gallinas muertas.
Cabeza de núcleo familiar: EIBAR BURBANO CHILITO.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 7 (entre ellos 3 menores de 7, 9 y 10 años de edad).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Plátano 60 plantas, Pastos ½ hectárea.
Animales domésticos afectados por la aspersión: 1 Caballo enfermo, 1 lago con peces 1000.
Fuentes de agua afectados por aspersión: 1 Quebrada – La aspersión se hizo directamente sobre la quebrada produciendo la muerte de peces
Cabeza de núcleo familiar: REMIGIO CHILITO MUÑOZ.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 14 (entre ellos menores de 1, 3, 7, 8, 9 y 14 años de edad y dos ancianos).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Naranjos sombríos, Café 3600 plantas, Caña 500 matas, Plátano 300 plantas
Animales domésticos afectados por la aspersión: 1 Caballo enfermo y Peces 1800 (un lago).
Fuentes de agua afectados por aspersión: 1 quebrada (los chilitos)
VEREDA LLANOVERDE
Cabeza de núcleo familiar: LUZ MARINA GOMEZ.
Número de Personas expuestas a la aspersión: 12 (entre ellos 3 menores de edad).
Cultivos de pan coger afectados por la aspersión: Plátano, Banano y Aguacate 1.5 hectáreas. Fuentes de agua afectados por aspersión: Quebrada y un zanjón
FRENTE AL FUNDADO TEMOR DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE SUCRE Y EN RECHAZO A LAS EXTRALIMITACIONES DE LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO. Y ANTE EL TEMOR DE LAS COMUNIDADES Y LOS CIUDADANOS AFECTADOS
RESPONSABILIZAMOS
Al Estado Colombiano, y en particular al general JAIRO ANTONIO HERAZO MARZOLA comandante del Comando Conjunto del Pacífico No 2 y al Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ comandante de la III División del Ejército de Colombia, por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas por integrantes de las fuerzas regulares del Estado colombiano en la zona de operaciones de las unidades militares que dirigen.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Sucre que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
AL ESTADO COLOMBIANO
El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Sucre que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA GOBERNACIÓN DEL CAUCA
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Sucre que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Sucre que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
SOLICITAMOS
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
DENUNCIA PÚBLICA
Narco Paramilitares de los autodenominados “Rastrojos”, instalan permanentemente retenes ilegales en donde atemorizan y roban a los pobladores de la zona. Algunos de los afectados son integrantes de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Municipio de Argelia, Filial de FENSUAGRO CUT e integrante de la Coordinación Departamental del Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
HECHOS
Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Cordillera Occidental, Municipio de Argelia
Sábado 15 de enero de 2011
Corregimiento Las Perlas, Santuario de la Virgen de las Perlas, a cerca de 4 km del casco urbano del corregimiento el Mango (lugar en donde funciona una estación de Policía y Militares del Estado Colombiano pertenecientes al Batallón de infantería No. 7 “General José Hilario López” mantiene presencia constante), cerca de las 8:00 de la mañana, un grupo de narco paramilitares de los autodenominados “Rastrojos” instalan un retén sobre la vía que comunica el corregimiento El Mango con el Corregimiento de Las Perlas.
En el retén ilegal, además de atemorizar a los pobladores, integrantes del grupo narco paramilitar se robaron animales e ingresaron a las tiendas del sector y las saquearon.
Cerca de las 12:00 del mediodía, una patrulla de la Policía Cauca Paso por el lugar y no hizo nada mientras el grupo de Narco paramilitares continúo su accionar delictivo.
El retén ilegal fue realizado por más de 25 integrantes de “Los Rastrojos” (de los aproximadamente 150 integrantes que se encuentran en esta zona), los cuales vestían de civil y portaban armas de uso privativo de las fuerzas militares de Colombia. Y entre los que se destacan menores de edad y adultos entre los 16 y 25 años de edad.
Lunes 17 de enero de 2011
Corregimiento Puente Tierra, en medio de dos centros de control militar uno ubicado a cerca de 10 km del casco urbano del corregimiento el Mango (lugar en donde funciona una estación de Policía y Militares del Estado Colombiano pertenecientes al Batallón de infantería No. 7 “General José Hilario López”) y otro en a 8 km del retén militar ubicado en el cruce entre el Municipio de Argelia y la vereda san Alfonso, a las 3:09 de la mañana, un grupo de narco paramilitares de los autodenominados “Rastrojos” disparan sus armas de dotación en contra de algunas casas de habitación y bienes de los lugareños. Un animal (perro) que noto la presencia del grupo en el lugar fue sacrificado por los narco paramilitares.
Las vainillas encontradas en la zona por los pobladores, son de munición de largo alcance, de marca INDUMIL (industria militar del ejército del Estado Colombiano) con referencia UTO 52-2010, marcado con tinta verde.
FRENTE AL FUNDADO TEMOR DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE ARGELIA Y EN RECHAZO A LAS OMISIONES DE LAS FUERZAS REGULARES Y EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS IRREGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO. Y ANTE EL TEMOR DE LAS COMUNIDADES Y LOS CIUDADANOS AFECTADOS
RESPONSABILIZAMOS
Al Estado Colombiano, y en particular al Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ comandante de la III División del Ejército de Colombia, al Teniente Coronel MIGUEL ÁNGEL FAJARDO PEDRAZA comandante del Batallón de Infantería No. 7 “General José Hilario López”, por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas por integrantes de las fuerzas regulares del Estado colombiano en la zona de operaciones de las unidades militares que dirigen.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Argelia que se están viendo afectados por la acción omisiva y arbitraria del Estado Colombiano.
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
AL ESTADO COLOMBIANO
El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Argelia que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA GOBERNACIÓN DEL CAUCA
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Argelia que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Argelia que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
SOLICITAMOS
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
DENUNCIA PÚBLICA
En desarrollo de acciones militares arbitrarias, integrantes del Ejército del Estado Colombiano causan traumas psicológicos, señalan a personas protegidas y mediante presiones buscan que ciudadanos campesinos pierdan su estatus de civiles – personas protegidas – al hacer parte de una de las partes en el conflicto a cambio de remuneración económica.
Es de resaltar que algunos de los afectados son integrantes de las Asociación Pro Constitución de Zona de Reserva Campesina del Municipio de Miranda, pertenecientes a SIMPEAGRIC, Filial de FENSUAGRO CUT e integrante de la Coordinación Departamental del Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano.
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
HECHOS
Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Cordillera Central, Municipio de Miranda
Lunes 10 de Enero de 2010
Vereda La Morena, en horas de la Mañana, en la finca de la señora FELISA YUNDA hace presencia un grupo de Militares del Estado Colombiano aacompañados por dos (2) hombres encapuchados, perteneciente al Comando Conjunto del Pacifico No. 2 adscrito a la III División del Ejército de Colombia.
El grupo de Militares procede a detener arbitrariamente a los ciudadanos RAÚL SILVA y LUIS HUGO MOSQUERA, a quienes agredieron verbalmente.
Al ciudadano LUIS HUGO MOSQUERA le quitaron el celular y le dijeron “tenes el número de la profesora Melba Canabal esposa del gordo miliciano” posteriormente le dijeron a los detenidos que eran milicianos.
Posteriormente los Militares se dirigen a los ciudadanos RAÚL SILVA y LUIS HUGO MOSQUERA y al mostrarle varios fajos de billetes les dijeron que eso era para que si ellos querían “calladitos trabajaran con ellos” y les pagaban toda esa plata “sin que nadie más se diera cuenta”. El ciudadano RAÚL SILVA les dijo que él no trabajaba con nadie porque el prefería continuar arando la tierra para no tener problemas con nadie.
Antecedentes
Desde el mes de Julio del 2002, Militares del Estado Colombiano, pertenecientes a la FUDRA (Fuerza de Despliegue Rápido), llegaron a la finca de la señora FELISA YUNDA en ese entonces ubicada en la Vereda la Cilia parte alta hoy vereda la Morena, en el lugar el grupo de militares, sin autorización de los propietarios y a la fuerza, sacrificaron y se comieron ocho (8) reces. Las propietarias no demandaron por temor a que si reclamaban las mataran o las encarcelaran por la demanda.
El 6 de Junio del año 2004, Militares del estado Colombiano pertenecientes al Batallón de Contraguerrillas No. 37 “Macheteros del Cauca” hicieron presencia en el lugar, y sin autorización de sus propietarios, sacrificaron y se comieron cinco (5) reces de la señora FELISA YUNDA y de su hija MELBA CANABAL YUNDA. Adicional a este acto de pillaje, cortaron para hacer parrillas de asar la carne un alambre de púas que el comité de medio ambiente de la Asociación Pro-constitución Zona de Reserva Campesina de Miranda había llevado para hacer dieciséis (16) aislamientos y proteger el bosque protector del páramo.
De 30 bultos de alambre que ya se tenían en la casa los que no quemaron los picaron en pedacitos, quemaron cincuenta piezas de madera acerrada y quemaron la casa que la señora Felisa tenia para repararla con la madera acerrada del alambre que no picaron lo tiraron por un abismo con un Carreto de cuerda para electrificación de la vereda que tenían los de CEDELCA en el mismo lugar guardado esto lo hicieron con el argumento que todo esto era de la Guerrilla.
El 15 Junio de 2004, llega el ejército a esta misma parte al mando del capitán ROCERO y sin autorización de los propietarios sacrificaron y se comieron una res.
La señora Melba Canabal Coloco una demanda a raíz de la pérdida de las últimas seis (6) reces pero nuca le pagaron nada.
FRENTE AL FUNDADO TEMOR DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE MIRANDA Y EN RECHAZO A LAS EXTRALIMITACIONES DE LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO. Y ANTE EL TEMOR DE LAS COMUNIDADES Y LOS CIUDADANOS AFECTADOS
RESPONSABILIZAMOS
Al Estado Colombiano, y en particular al general JAIRO ANTONIO HERAZO MARZOLA comandante del Comando Conjunto del Pacífico No 2 y al Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ comandante de la III División del Ejército de Colombia, por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas por integrantes de las fuerzas regulares del Estado colombiano en la zona de operaciones de las unidades militares que dirigen.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Miranda que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
AL ESTADO COLOMBIANO
El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Miranda que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA GOBERNACIÓN DEL CAUCA
Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los campesinos y sus organizaciones en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado.
Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Miranda que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los habitantes de la zona rural del municipio de Miranda que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.
Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
SOLICITAMOS
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTAN AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA
INSTITUCIONES A DONDE SE DEBEN DIRIGIR:
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax. 5662071
Fax: (+57 1) 566.20.71
E-mail: comunicacionesvp@presidencia.gov.co
ANGELINO GARZÓN
Vicepresidente de la República
Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C.
RODRIGO RIVERA
Ministro de la Defensa
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
siden@mindefensa.gov.co, infprotocol@mindefensa.gov.co, mdn@cable.net.co
GERMÁN VARGAS LLERAS
Ministro del Interior y de Justicia
Carrera 9a. No. 14-10 – Bogotá, D.C.
e-mail: german.vargas@mij.gov.co, ministro@minjusticia.gov.co
PBX (+57) 444 31 00 Ext. 1820
VIVIANE MORALES
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22B No. 52-01 – Bogotá, D.C.
Teléfonos: 570 20 00 – 414 90 00
contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co
WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
Calle 55 # 10-32, Bogotá
Fax: (+571) 640.04.91
E-mail: secretaria_privada@hotmail.com, agenda@agenda.gov.co, defensoria@defensoria.org.co
ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.
anticorrupción@presidencia.gov.co, reygon@procuraduría.gov.co
OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE
NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101
Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia
Teléfono PBX (57-1) 629 3636 (57-1) 629 3636 Fax (57-1) 629 3637
E-mail: oacnudh@hchr.org.co
NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es